Operaciones 100 % Seguras
Podemos empezar esta columna asi. Dos amigos se encuentran, luego del saludo, - ¿Cómo vas con tu casa? - Ya está, dice el preguntado .- Escrituré, ¡pero no sabes lo que me cobro el escribano! El preguntón, obviamente se solidarizará.
¿Pero de dónde sale lo que cobra el/a Escribano/a?. En principio, el/a Escribano/a son agentes de retención. Es decir, entre otras cosas, tienen la función de cobrar la carga impositiva de una operación inmobiliaria. En criollo, la ley los constituye en cajero de los diferentes organismos. Esto es parte de los costos que el amigo que escritura, pagó. Luego, está el valor de los instrumentos públicos donde se asentará la trasmisión del dominio. Finalmente, sus honorarios, los cuales están regulados mediante una tabla arancelaria.
¿Y por qué es necesario un/a Escribano/a?. La ley ha establecido que en ciertos procedimientos donde se modifican o se adquieren derechos y obligaciones, se necesita la intervención de una persona con función pública (es decir una función delegada por el Estado) para que en su nombre haga cumplir los requerimientos y los procedimientos necesarios para validar esas modificaciones o adquisición de derechos y obligaciones ante la sociedad.
La ley 12.990, conforme la publica el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República Argentina, en su Art.10 dice: El escribano de registro es el funcionario público instituido para recibir, redactar y dar autenticidad, conforme a las Leyes y en los casos que ellas autorizan, los actos y contratos que le fueran encomendados. Sólo a él compete el ejercicio del notariado.
En la Provincia de Neuquén el ejercicio del Notariado es regulado por Ley Orgánica Notarial 3264. Cada jurisdicción tendrá la suya.
Ahora bien, más allá de las definiciones, del lenguaje formal, jurídico etc., el señor del primer párrafo ¿Qué pagó?. No solo pagó el procedimiento, los impuestos, honorarios. También pagó un intangible que se puede traducir en SEGURIDAD. Seguridad de que una operación inmobiliaria se hizo conforme la ley lo exige. Seguridad de que lo adquirido resistirá cualquier reclamo de terceros.
Seguridad de que sus derechos (en inversión) han sido protegidos. La lista es solo enunciativa, usted puede agregarle otras ventajas. Y finalmente, TRANQUILIDAD. Le puedo asegurar que la falta de todo esto, le preanuncia varias noches de insomnio.
Asegúrese que en toda operación inmobiliaria haya la intervención de un/a Escribano/a. Evítese problemas. Usted pude elegir entre todos los profesionales habilitados. Para Neuquén puede ingresar a https://www.escribanosnqn.org.ar/wp/#!/up y para Río Negro en http://colegionotarialrn.org/rionegro/
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Karina E Beneito
Martillera Pública
Broker en GHIGGIA BENEITO Asesoría Inmobiliaria