Alquiler para viviendas a partir del DNU 70/2023
A partir de la entrada en vigencia del DNU, el mercado de
alquileres volvió a tener productos en oferta, en mayor medida de lo que había
antes. Obviamente, los propietarios, vieron ventajas a esta nueva forma de
contratación.
Fundamentalmente
con la libre elección del tiempo de locación, la posibilidad de indexación, la
actualización del alquiler según los períodos que las partes lo convengan, y la
posibilidad de realizar el contrato en cualquier moneda y la obligación de
pagar en ella.
¿Qué tiempo de
Locación se está utilizando para alquiler de viviendas? Entre uno, y dos años
como máximo. El primer caso se da cuando alguna de las partes prefiere volver a
rever las condiciones de contratación en un plazo más corto. En cuanto al
segundo caso, es lo que tradicionalmente ocurría antes de la 27.551 (derogada).
¿Qué índices
se usan? Principalmente dos: el ICL, el viejo índice de la derogada 27.551. Si
bien el DNU la derogó, este guarismo sigue siendo publicado en la página del
BCRA y sigue siendo una herramienta objetiva y útil. Y el IPC (índice de
precios del consumidor) que puede ser el Nacional, o el que publica cada
provincia según sus propias estadísticas.
¿Qué periodos
de actualización se están usando? Luego de que se probó que el periodo de
actualización anual no respondía a las necesidades del locador (fue una de las
causas que se sacaron viviendas de alquiler), hoy se analizan periodos
trimestrales, cuatrimestrales o semestrales. Los dos primeros tienen la ventaja
de que los incrementos son menores respecto al semestral. Y significan saltos
cortos para el propietario, respecto a la devaluación, y escalones más bajos
para el Locatario, al momento de actualizar. Sin duda el trimestral y el
cuatrimestral, pretenden seguir la devaluación un poco más de cerca. De todos
modos, el semestral puede significar una espera muy larga para el propietario
en la actualización. Y un salto muy grande para el locatario al momento de
abonar el nuevo alquiler.
¿Y en que
moneda conviene? Esta opción se da en aquellas personas que tienen habitualidad
principalmente en el manejo dólares o euros, u otras monedas. Si no está esa
posibilidad, será mejor hacer el contrato en pesos. Pero si se hace en otra
moneda, se podrá confeccionar un contrato con un valor de locación constante,
sin necesidad de incrementos, índices etc.
Otro fenómeno
que está pasando, es el ofrecimiento por parte de los Locatarios de un valor de
alquiler inicial sobre el que luego se pactarán el resto de las condiciones.
En este caso
es una buena opción analizarla ya que el propietario sabe con lo que ya cuenta
el Locatario, y le restará evaluar las condiciones laborales, y de garantías,
conociendo ya un número del cual partir. Y si el Locatario tiene un muy buen
perfil, seria causal de alguna negociación del valor locativo.
¿Qué va a
pasar en el futuro? Nadie lo sabe, pero sí hay condiciones que permiten mayor
capacidad de maniobra para las partes y si desde ambos lados empiezan a surgir
propuestas de precios y condiciones, es probable que el mercado se empiece a
autorregular.
Y como en
cualquier mercado, aquel que esté fuera del valor promedio de mercado sobre un
producto, indefectiblemente deberá adecuarse o no podrá alquilar. Ni de un lado
ni del otro.
¿Querés saber
más?
Podemos
ayudarte. Sabemos cómo hacerlo.LLamanos
Daniel M.Ghiggia
Mart.Pub Mat Nº75 Nqn
Broker en
GHIGGIA BENEITO Asesoría Inmobiliaria
Neuquen
Patagonia Argentina
+54 299 4385278
- +54 299 4695838